Jueves 08 de Agosto de 2013
La decisión de la Sala 1 de la Cámara del Crimen de Paraná de declarar prescripta las denuncias por abuso sexual contra el sacerdote Justo José Ilarraz desató una catarata de opiniones a favor y en contra de la resolución que aún no es definitiva.
El representante legal del cardenal Estanislao Esteban Karlic, el abogado Marciano Martínez aseguró que “la prescripción de la acción penal es justa y adecuada al derecho”. Por su parte, la titular de Vidaer, Carla Cusimano se mostró sorprendida y afirmó que “no le hace bien a la sociedad (el fallo), tampoco a las víctimas, ni mucho menos a una institución como la Iglesia”. En tanto, los fiscales que intervienen en el caso y los abogados querellantes se preparan para recurrir en Casación ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
Una larga historia
El caso salió a la luz en setiembre de 2012, cuando a través de la revista Análisis se denunció al sacerdote Ilarraz de haber abusado de menores que iniciaban la carrera religiosa en el Seminario Arquidiocesano de Paraná entre 1984 y 1994.
La investigación judicial le pretende endilgar a Ilarraz el delito previsto en el artículo 125 del Código Penal, bajo el rótulo Promoción a la corrupción de menores agravada, cuya pena máxima prevista es de 10 a 15 años de prisión. A pesar del planteo de prescripción realizado por los defensores desde el inicio de la causa, el juez Alejandro Grippo resolvió continuar investigando porque entendía que en el Seminario de Paraná se habían violado los Derechos Humanos de los menores. Los mismos camaristas –Hugo Perotti y Miguel Ángel Giorgio– hace poco tiempo rechazaron el planteo de investigar a las autoridades de la Iglesia Católica por encubrimiento.
Satisfecho
“La prescripción de la acción penal es justa y adecuada al Derecho”, opinó Marciano Martínez, asesor en la causa del cardenal Karlic, quien era arzobispo de la Arquidiócesis de Paraná al momento de los hechos denunciados. “Este es un delito cometido por un cura que no tendría que ser cura, hace 20 años. Por lo tanto es normal que haya ocurrido la prescripción”, acotó el profesional.
Asimismo, el letrado sostuvo ante Elonce TV: “Decir que es un delito de lesa humanidad es una torpeza muy grande y no corresponde, porque es un abuso sexual por tocamientos; y aunque el cura no debió hacerlo porque era cura, tenía a su cargo a los chicos y esas cosas no se hacen, merecen nuestro mayor repudio. Pero desde el punto de vista del derecho, está prescripto”.
Al ser consultado si consideró que las autoridades eclesiásticas incurrieron en el delito de encubrimiento, el abogado respondió: “No, porque es un delito de acción privada. Los padres tendrían que haber hecho la denuncia”.
Atento a que los querellantes presentarán un recurso de casación, Marciano Martínez dijo que “tienen derecho a apelar, pero la sentencia de la Sala Penal 1 de Paraná está acorde al Derecho”.
Procurador efusivo
El procurador general, Jorge García, mencionó que “si esto queda firme las consecuencias serían que no habría restricciones para que Ilarraz vuelva a Monteros y se haga cargo de la parroquia”. A su vez precisó: “Uno de los argumentos interesantes para continuar con la investigación es que el Papa ha condenado esta clase de hechos, como hechos aberrantes, y ha puesto énfasis en que no se va a ocultar ni a proteger a ninguno de estos actores. Por esto estimo que independientemente que vamos a agotar hasta las últimas instancias para que esto se investigue penalmente y este señor no solamente no vuelva a la capilla sino vaya con sus huesos a la cárcel, la Iglesia lo va a separar, porque estos hechos ocurrieron y las víctimas siguen siendo víctimas”.