Lunes 17 de Febrero de 2020
La Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por Hugo Perotti, Marcela Badano y Marcela Davite, ratificó ayer la condena al extitular de la tarjeta Sidecreer, Juan José Canosa, al que se halló culpable por el delito de Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de la Función Pública. El fallo unánime se leyó durante una audiencia encabezada por el juez Perotti –encargado del primer voto–, aunque sin la presencia de sus colegas Badano y Davite, mientras que por las partes únicamente se hizo presente el defensor Candelario Pérez. Canosa había sido sentenciado el 12 de septiembre de 2018 a una pena de tres años de prisión condicional, sumado a la inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública, por haber beneficiado con contrataciones a empresas ligadas a amigos y familiares. Si bien la resolución se ocupó de rechazar con sólidos argumentos los agravios formulados por la defensa del imputado –asistido además por Raúl Barrandeguy– en relación a una “imputación deficiente” y la “falta de congruencia”, el tribunal se mostró especialmente contrariado por la acusación de falta de parcialidad esgrimida por Canosa.
Sucede que en aquella audiencia, realizada en diciembre de 2019, el expresidente de la tarjeta de crédito estatal se había referido en duros términos a los jueces. En primer lugar se declaró inocente, para después cuestionar “la tendencia de los últimos fallos que ha tenido esta Cámara. A pesar de ello se sigue el criterio del Ministerio Público Fiscal . Tengo mucha fe, tenga mucha esperanza en ustedes, en que analicen todo lo que nosotros fundamentamos. No cometí ningún delito, nunca me interesé, simplemente cumplí”.
Y luego cerró su breve intervención: “Estamos en tiempos de cambios, y el mensaje no solo debe llegar al actual Presidente (Alberto Fernández), sino desde el papa Francisco, que ha hablado de lawfare y creo que todos nos merecemos una Justicia justa y digna”.
No lo dejaron pasar
Perotti, como autor del primer voto, dijo sentirse “ofendido” por las expresiones de Canosa. “No puedo permitir que con tan burda liviandad se enuncien y se repitan circunstancias sin basamento real (datos estadísticos, por ejemplo), vengan de quien provengan dichas afirmaciones. Y sí así fuera, toda persona (magistrado, abogado o justiciable) conoce cuáles son las vías legales para enmendar o corregir lo que consideran una irregularidad en nuestro proceder jurisdiccional”, se quejó el magistrado.
Negó además la existencia en los tribunales locales de “una guerra jurídica (lawfare) y calificó tal afirmación como “injuriante”, y se permitió en hablar en nombre de sus colegas.
“Jamás hemos recibido presiones, injerencia ni influencias del Gobierno, factores de poder, de instancias judiciales superiores, de los medios periodísticos, ni de nadie; siempre hemos decidido las causas con absoluta libertad, independencia e imparcialidad –valores que defendemos a ultranza porque impregnan no solo nuestra conducta profesional, sino nuestro modo de vida–”, alegó.
Respecto a los demás agravios, en particular sobre una presunta imputación deficiente, el magistrado analizó que los hechos intimados a Canosa “fueron descriptos de manera clara, precisa, circunstanciada y específica. No hubo sorpresas en la intimación, que permaneció invariable desde sus inicios hasta el final del proceso, asegurando a Canosa el cabal conocimiento de los sucesos atribuidos, con posibilidad de ser asesorado técnicamente primero, y de declarar después, con total libertad y pleno conocimiento de los mismos”.
También le dedicó un párrafo para responder al planteo defensivo que sostiene que Canosa no es funcionario público. Para rebatir esta afirmación se basó en la sentencia del tribunal de primera instancia, en la que se sostiene que el imputado era un funcionario público. Y recordó que el vocal Alejandro Grippo argumentó que Sidecreer fue creada a partir de una autorización del Ejecutivo a dos entes autárquicos (Iafas y Iapser) a formar un ente societario.
Badano: “Es una agresión gratuita hacia el Tribunal”
La jueza Marcela Badano, una de las firmantes del fallo que confirmó la condena a Canosa, fue quizás más explícita en su descargo al responder a las acusaciones del imputado por una supuesta falta de parcialidad. Al fundamentar su voto consideró que semejante insinuación “no puede menos que interpretarse como una ofensa y una agresión gratuita hacia el Tribunal”. En la misma línea sostuvo que se deberían haber contemplado las vías de recusación previstas por la ley y “no hacerse eco irresponsablemente –esto es, sin apelación a estadística, información o dato alguno fehaciente– de enunciados falaces, sostenidos por intereses particulares y desapegados de la verdad, que se dicen livianamente contra jueces constitucionalmente designados”.
A modo de cierre, expuso datos estadísticos sobre los criterios seguidos por Casación.