En dos procedimientos, uno realizado por la Policía entrerriana y otro por la Federal, en la zona oeste de Paraná, cayó un grupo de vendedores de droga. Un año y medio después fueron condenados tras acordar penas en un juicio abreviado. Se trata de Ángel Ramón Sosa, alias Pico, Ángel Ramón Pereyra, apodado Gato, y Débora Butiérrez, quienes cumplirán condenas por narcomenudeo.
Condenan a vendedores de droga de barrio Mosconi
Tres personas acordaron penas en un juicio abreviado por narcomenudeo en el oeste de Paraná
29 de noviembre 2016 · 10:14hs
La causa se inició por los datos que llegaron a investigadores de la Policía de Entre Ríos, en torno a varias personas, entre ellos los detenidos, aunque también se mencionaban a otros. "Guardan elementos robados y venden drogas, marihuana y también lo conocido y denominado como alita de mosca", sindicaban testigos a los uniformados.
Al unificarse la investigación se continuó con diversas tareas a lo largo de un mes. La información obtenida daba cuenta de la existencia de visibles actividades de comercialización de estupefacientes, en las zonas y domicilios que se precisaban.
El 4 de mayo de 2015, los efectivos de la fuerza provincial, con la orden del juez de Garantías Eduardo Ruhl, arribaron a la casa ubicada en calle General Mosconi sin número, entre cortadas 542 y 544, propiedad de Pereyra, donde también vivía Sosa. Se comprobó la tenencia conjunta de 198 envoltorios pequeños, de papel glasé metalizado, de varios colores, que contenían cocaína, y 1.010 cigarrillos de marihuana armados,
Luego, los efectivos federales, con la directiva del juez federal de Paraná Leandro Ríos, realizaron seis allanamientos un mes y medio después, el 25 de junio, en dos de los cuales se hallaron pruebas contra Pereyra y Sosa. A las 14.40, fueron a la casa de calle General Mosconi s/n° entre las cortadas 542 y 544, habitada por Débora Butiérrez, y unos minutos después irrumpieron en la vivienda de calle República de Siria, con ingreso por un pasillo que linda al catastral número 166. En ambos se encontraron evidencias suficientes que demostraban la actividad narco en el lugar, que a esa altura y desde hacía mucho tiempo era vox pópuli entre los vecinos de barrio Mosconi.
Los tres sujetos fueron procesados por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Al momento de ir a juicio, prefirieron hacerlo mediante el procedimiento abreviado. Tras dialogar con el fiscal general José Ignacio Candioti, asistidos por los defensores Alberto Roger Salvatelli (por Sosa y Butiérrez) y el oficial Mario Franchi (por Pereyra), los dos hombres acordaron cumplir cuatro años y dos meses de prisión efectiva por el mencionado hecho delictivo, en tanto que la mujer aceptó la misma calificación legal pero en calidad de partícipe secundaria, por lo que la pena aceptada fue menor, de tres años de prisión condicional.
Luego de ser detenidos, los imputados se habían desligado de la venta de droga. Sosa y Pereyra dieron profusas explicaciones respecto de los procedimientos llevados a cabo, insistiendo en que hubo cierta violencia, pero fundamentalmente dijeron que las drogas secuestradas eran para ser consumidas por ellos. Por su parte, Butiérrez también eligió declarar, explicando que ella no vende droga y que su marido es consumidor.
"Definitivamente no existen dudas de que Sosa y Pereyra no solo tenían la custodia de la marihuana y cocaína secuestradas, sino que además poseían la disposición de ese material, por lo que puede predicarse que ejercían sobre ellas un ostensible señorío, pues, -según los informes- ambos habitaban la vivienda allanada, en las dos oportunidades", sostuvo el Tribunal Oral Federal de Paraná al momento de dictar la sentencia que homologó el acuerdo.
"Conjuntamente quedó especificado que la droga secuestrada en ambos procedimientos, tenía como destino la venta al menudeo, tal como dan cuenta las tareas de inteligencia y lo hacen saber los vecinos", agregaron los vocales Noemí Berros, Lilia Carnero y Roberto López Arango. Además, descartaron que la droga hallada en los allanamientos haya sido destinada para el consumo personal, ya que era "altamente significativa".