La titular de la Asociación Gremial de Docentes Universitarios de Entre Ríos (AGDU), Patricia Riobó, resaltó la importancia del fallo judicial que avaló el Convenio Colectivo de Trabajo de los docentes universitarios. Se trata de una medida cautelar interpuesta por una docente interina de la Universidad Nacional del Chaco Austral (Uncaus) que obligó a la institución a restituirle su cargo.
Fallo judicial avaló el Convenio Colectivo de Trabajo de los universitarios
"El fallo reconoce y garantiza los derechos emanados del artículo 73 del CCT", referido a la estabilidad de los interinos que cuenten con más de cinco años de antigüedad. De este modo, "avala decisivamente el Convenio vigente desde el 1º de julio del año pasado", apuntó la dirigente.
La secretaria general subrayó además que este dictamen sienta precedente respecto a situaciones similares que puedan ocurrirle a otros docentes interinos del país.
El caso
Desde 2005 la docente Lorena Teresa Aebicher desempeña tareas en forma interina como Jefa de Trabajos Prácticos en las cátedras Óptica Instrumental y Óptica Geométrica de la Universidad Nacional del Chaco Austral (Uncaus).
Al ser apartada de su cargo, interpuso –con el asesoramiento legal de Conadu– una medida cautelar ante el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, de la provincia de Chaco.
El juez Aldo Mario Alurralde hizo lugar a la acción y ordenó a la Uncaus a "reinstalar a la docente en su puesto de trabajo, en igual grado, condición y jerarquía, absteniéndose de efectuar modificaciones, conforme lo dispuesto en el artículo 73, primera parte, del Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales".
En rigor, dicho artículo insta a esas universidades a "disponer los mecanismos para la incorporación a carrera docente de los docentes que revistan como interinos y que cuenten con cinco años o más de antigüedad en tal condición, en vacantes definitivas de la planta estable".
El magistrado también exhortó a la Universidad a "reglamentar y generar las condiciones suficientes y eficientes, a los fines de los llamados a concurso de oposición y antecedentes, a los efectos de lograrse la titularidad de los cargos docentes".
"Este fallo resulta de suma trascendencia a nivel nacional porque reconoce el derecho de los docentes interinos con más de cinco años de antigüedad, a ingresar a la carrera docente por un mecanismo que debe acordarse en la paritaria local, y mientras tanto el docente tiene el derecho a permanecer en el mismo, no pudiendo las autoridades universitarias disponer arbitrariamente de ese cargo", remarcó por su parte el secretario general de Conadu, Pedro Sanllorenti.
Destacó también que el dictamen "fortalece la presencia de la Federación en esa Universidad" y remarcó que el mismo argumento "podrá ser utilizado como argumento por cualquier docente universitario al que se le vulneren los derechos consagrados en el CCT".