La Cámara de Diputados dio sanción antenoche a un proyecto de ley que establece modificaciones al artículo 21 de la Ley Nº 8.973 (modificada por la Ley N°9138) en resguardo de los derechos de los consumidores, estableciendo que los locales comerciales deben exhibir un cartel indicativo con información acerca de los lugares a los que los usuarios deben dirigirse en el caso de que quieran realizar un reclamo, y que los cambios de productos podrán realizarse cualquier día y horario.
Para avanzar en esta sanción, la Cámara consideró dos expedientes. Uno que fue presentado por cinco diputados durante el mandato 2011-2015 y otro actual, impulsado por el diputado justicialista Diego Lara y su par radical Amado Sosa.
En el proyecto impulsado por Lara se indicaba que “toda devolución o cambio de productos que se realice en el marco de las relaciones de consumo en establecimientos de Entre Ríos deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas”.
También se indicada que “al realizarse la devolución o cambio se respetará el valor del producto al momento de la compra. Si el cambio fuere por otro producto de iguales o distintas características se consignará claramente el valor en más o en menos del mismo, en relación al producto original”.
Igualmente se señalaba que las devoluciones o cambios de productos no perecederos “podrán efectuarse dentro de los 30 días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor”, advirtiendo que cuando “por cualquier medio una de las partes pretenda establecer un plazo menor, se entenderá vigente el plazo de 30 días corridos”.
De este modo el legislador entendió que se evitan los abusos relacionados a los cambios de productos, ya que muchas veces los comercios reducen el horario para realizar cambios a un solo día por semana, o incluso a un par de horas.
El otro expediente (iniciado por Rosario Romero, Martín Uranga, Jorge Monge, Emma Bargagna y Enrique Fontanetto) planteaba “ la obligatoriedad de exhibir en todos los comercios habilitados y centros de atención pública, personas físicas o jurídicas, en el ámbito de la provincia un cartel en lugar visible con las condiciones para el cambio de productos”
En la norma que logró media sanción ayer, el artículo primero está referido a la exhibición del cartel informativo, y el segundo a las modificaciones propuestas por Lara.
La Cámara de Diputados aprobó cambios en la Ley de Defensa del Consumidor
Se establece que los locales comerciales deben exhibir cartel indicativo en caso de que quieran realizar un reclamo. Además, los cambios de productos podrán realizarse cualquier día y horario.
3 de marzo 2016 · 06:30hs