“Ante las consultas de la ciudadanía y teniendo en cuenta los objetivos de las medidas adoptadas por el Gobierno, la AFIP decidió eliminar la percepción del 35% para los cierres de las liquidaciones de tarjetas de crédito producidos a partir del 17 de diciembre, mediante la Resolución General N° 3.822”, comunicó la entidad ahora conducida por Alberto Abad. De esta forma, dio marcha atrás con la medida que había anticipado, según publicó Infoabe.
De este modo, el organismo recaudador modificó la RG 3.819 publicada el jueves en el Boletín Oficial, porque “procura preservar la equidad frente a las distintas situaciones que se producen entre las liquidaciones anteriores y posteriores a dicha fecha”, una a un cambio irreal inferior a 10 pesos y ahora una paridad libre con “flotación sucia” que se mueve en una banda de 13,40 pesos para el segmento mayorista y 13,80 pesos para el promedio de bancos”.
Por otra parte, aclaró la AFIP que “sigue vigente el mecanismo de compensación con los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y, de corresponder, el mecanismo de devolución de las percepciones sufridas con anterioridad”, los cuales se liquidarán con las presentación anual de las declaraciones anuales de cada contribuyente, en los primeros meses siguientes al último año fiscal.
En el peor de los escenarios
La rectificación de la AFIP no es menor, habida cuenta de que una cosa es mantener el régimen anterior de liquidación por los emisores de tarjetas de crédito o compra de los consumos en cualquier parte del mundo a un tipo de cambio de 9,90 pesos más el anticipo de impuestos del 35%, que determina un valor de 13,39 pesos por dólar, o su equivalente en otra divisa; y otra muy diferente aplicar ese anticipo de Ganancias y Bienes Personales sobre una paridad de 13,80 pesos, porque saltaba a 18,63 pesos.
Semejante brecha de más de 39% no solo era intolerable, sino fundamentalmente inconsistente con el objetivo de no generar inequidades y cambios de reglas excedidas de cualquier lógica económica. De ahí que rápidamente las autoridades tomaron nota de los reclamos de los consumidores y enmendaron el error. Así, todas las operaciones en moneda extranjera de los clientes de emisoras de tarjetas de crédito que se liquiden con posterioridad al 16 deberán pagarse en moneda extranjera o en el equivalente en pesos al cambio vendedor de la entidad bancaria o casa de cambio donde se abone la tarjeta.
La cotización del dólar
La cotización del dólar a nivel mayorista fue ayer de 13,25 pesos para el tipo comprador y 13,29 para el tipo vendedor, según la información suministrada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) al cierre del segundo día de la liberación del mercado cambiario. La divisa estadounidense mostró de esta manera un retroceso de 9 décimas en el tipo vendedor.
La AFIP no aplicará el 35% para gastos en el exterior
La medida regirá para compras con tarjeta de crédito posteriores al 17 de diciembre
19 de diciembre 2015 · 15:00hs