La Federación Entrerriana de Asociaciones de Bomberos Voluntarios impulsa una nueva ley que regule la materia, y que reemplace Ley N° 8.105 y sus reglamentaciones; adecuada a los avances legislativos y modificaciones que se han producido en el marco normativo desde 1987 a la fecha. Justamente de la sanción de la Ley Nº 8.105 ( diciembre de 1987) hasta hoy se produjo la reforma de la Constitución nacional con la incorporación de los Tratados de Derechos Humanos, la reforma de la Constitución provincial en 2008; la creación de un Código Civil y Comercial unificado vigente desde 2015 y en materia propia de Bomberos Voluntarios, una modificación integral a la Ley Nº 25.054 a través de la Ley Nº 26.987 incorporando variantes profundas al sistema nacional de bomberos voluntarios.
De acuerdo a los considerando del proyecto que ingresó ayer al recinto -a instancias del diputado justicialista Diego Lara- se intenta “cristalizar incluso los avances que se han dado en la materia con los acuerdos que ha firmado la Federación Entrerriana de Asociaciones de Bomberos Voluntarios con el gobierno provincial, que se concretaron en los decretos 263/14 MGJ y 1066/14 MP”.
El proyecto se propone como una instancia superadora a los reclamos que formuló la Federación a la Provincia. El artículo 1 plantea el objeto principal de la ley: “regular la organización, misión y funcionamiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos y su vinculación con el Estado provincial”.
En el artículo 5 se señala el carácter de “servicio público” a la labor prestada por los bomberos voluntarios. Es una condición que la Ley Nº 25.054 en su artículo 3 reconoce. Como novedad se agrega la aclaración que la actividad del bombero voluntario resulta ajena a las normas del Derecho Laboral, reforzado con el detalle respecto de las funciones tanto de los miembros de Comisión Directiva, como las del órgano de fiscalización o del cuerpo activo, deberán ser prestadas ad honorem. El fin de la normativa de fondo que se replica en el presente proyecto, busca revitalizar la idea del voluntariado, esencia justamente de las asociaciones de este tipo, y a su vez, tiende a resguardar a las entidades de eventuales reclamos laborales.
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Avance en materia de derechos
Resulta novedoso el artículo 14 del proyecto, que señala que las asociaciones de Bomberos Voluntarios “tendrán derecho a reclamar compensación y reintegro por gastos y equipamiento dañado o destruido a causa de la prestación de su servicio. Dicha acción podrá ser dirigida ante los titulares de los bienes sobre los cuales se prestó auxilio y compañías aseguradoras implicadas”.
El proyecto también aborda la relación entre la Federación como ente de segundo grado y las asociaciones, supeditando incluso el financiamiento a las asociaciones de primer grado por parte del Estado provincial a que se encuentren integradas a la Federación.
Esta disposición se establece a los fines de evitar que otras federaciones provinciales capten a las asociaciones entrerrianas (caso de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Gualeguay, que se encuentra vinculada a la Federación 2 de Junio de Provincia de Buenos Aires). A su vez, al promover que más asociaciones se federen, provocará que la Federación Entrerriana cuente con mayores ingresos por parte del sistema nacional de financiamiento, en el sentido de que lo recaudado se distribuye entre las federaciones provinciales que integren el Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina en forma proporcional según su cantidad de afiliados.
Como contrapartida y con objeto de equilibrar el sistema, el proyecto propuesto sugiere un techo a la contribución que deben realizar asociaciones al sostenimiento de la Federación, el cual no podrá exceder el 3% de los ingresos por cada asociación. En la actualidad la Federación, además de la cuota federativa, exige la contribución del 5% de los ingresos que las asociaciones cobran.
Impulsan nueva ley de Bomberos Voluntarios
Ayer ingresó al recinto un proyecto de la Federación, a través de Lara. Una novedad es que podrán reclamar reintegros y equipamiento dañado o destruido en la prestación del servicio
27 de abril 2016 · 06:20hs