El derribo de aviones “es poner énfasis en la respuesta punitiva”

Debate. La sentencia es de Manuel Tufró, investigador del Centro de Estudios Legales y Sociales, entrevistado por UNO Santa Fe. Sostuvo además que la decisión es anticonstitucional porque constituye una pena de muerte sumaria
24 de enero 2016 · 10:12hs
Coqui Toum/de la Redacción de UNO Santa Fe
El 19 de enero, el gobierno nacional, anunció la declaración de la Emergencia de Seguridad Pública en todo el territorio argentino por el término de un año. En un comunicado oficial, la Casa Rosada informó que la medida tenía como objetivo “revertir la situación de peligro colectivo creada por el delito complejo, el crimen organizado y el narcotráfico”.
En ese mismo parte, se explicó que la Emergencia, dictada por decreto y publicada el viernes en el Boletín Oficial, entre otras cosas, establece “la aprobación de Reglas de Protección Aeroespacial, cuya autoridad de aplicación serán las FF.AA., orientadas a identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo Argentino”.
Este último punto, es quizás el que mayor polémica despertó y suscitó críticas no solo del kirchnerismo, con el anterior ministro de Defensa Agustín Rossi a la cabeza, sino también de sectores políticos que habían apoyado algunas de las primeras medidas, como el de Margarita Stolbitzer.  
Al momento de la charla con Diario UNO, el Centro de Estudios Legales y Sociales preparaba también un documento expresando su disconformidad con la forma y el contenido de la decisión del Gobierno. 
Manuel Tufró, investigador del CELS explica que la declaración de emergencia dispuesta por el Gobierno no va en el sentido expresado, sino en el de “homogeneizar a todo dentro de una gran bolsa y proponer respuestas que son violentas e ineficaces”.
—¿Cuál es la postura del CELS sobre la decisión del Gobierno?
—Primero, nos parece una continuación de las peores tendencias de las políticas de seguridad en los últimos años, que es el énfasis en la respuesta punitiva únicamente, y en este caso, agravado porque autorizar el derribo de aviones nos parece un paso más en la militarización como respuesta al problema. Básicamente, lo que se hace es considerar al narcotráfico como una especie de violación a la soberanía nacional, lo cual para nosotros no tiene ningún sentido, y eso abre la puerta a la posibilidad de respuestas militares a este problema.
—¿Preocupa que haya sido por decreto?
—Sí, vamos a plantearlo porque hay una serie de medidas que afectan a la ley de seguridad interior, y a la ley de defensa. Es decir, a leyes que han sido construidas con un consenso político muy amplio, nos parece que si se van a afectar estas normas, por lo menos tiene que haber un debate muy amplio y el parlamento debe ser el escenario natural del debate.
—¿Uno de los objetivos que se esgrime es la lucha contra el narcotráfico, entienden ustedes, que puede tener otras implicancias?
—La verdad es que no sabemos, pero desde el momento que se autoriza a las fuerzas armadas a atacar o derribar aviones que no se identifican, ahí puede pasar cualquier cosa. Los países que han tenido operativa una ley de derribo, han tenido casos muy graves de “errores”, donde hubo inocentes muertos por autorizar ese tipo de respuesta. 
—También se cuestionó la constitucionalidad de la ley de derribo, ¿Cuál es la opinión del CELS?
—Es claramente inconstitucional desde el momento en que constituye una pena de muerte sumaria. Es decir, sin juicio previo en un país donde no hay pena de muerte, y la Constitución nacional no lo permite. La inconstitucionalidad fundamentalmente está en ese punto. 
—¿De qué otra manera se podría controlar el acceso ilegal de aeronaves del narcotráfico, si no es con una ley de derribo?
—Claramente lo que hay que hacer es controlarlos, y no destruirlos. En ese sentido, nos parece bien que se profundice la coordinación entre las fuerzas, la posibilidad de controlar vuelos ilegales, de identificarlos y de detenerlos cuando descienden, pero no destruirlos en pleno vuelo. Cuestión que además podría ser incluso hasta contraproducente en términos de la investigación de redes de ilegalidad. O sea, anula la posibilidad de seguir las pistas de estos grupos, o de interrogar sospechosos. No se sostiene desde ningún punto de vista.
—¿Qué postura han tomado sobre el tema las democracias más avanzadas? 
—En general, en las democracias más avanzadas, y sobre todo a partir de situaciones que se han vivido en la década del 70 y del 80, con secuestros de aviones, la cuestión del derribo está circunscripta a supuestos de terrorismo, por ejemplo. Es decir, sabemos que en setiembre de 2001, uno de los aviones fue derribado porque existía la razonable sospecha de que ese avión podía ser arrojado sobre población civil. Eso es una cosa, pero ninguno de los países centrales permiten el derribo de aviones por temas narcotráfico o de contrabando. Esto es algo que Estados Unidos no aplica en su propio país, pero exporta como política.
—Perú o Colombia tienen ley de derribo, por ejemplo, ¿cómo impacta que haya países de la región que ya tengan este tipo de legislación?
—Son países que hace años han adoptado la estrategia norteamericana de guerra a las drogas, por decirlo de alguna manera, y estas medidas de derribo de aviones se inscriben en esta militarización de respuesta al narcotráfico. Los países que no adoptan este paradigma de lleno no tienen este tipo de ley de derribo.
—¿Entienden que son políticas marcadas por los organismos de investigación de los Estados Unidos como la DEA o la CÍA?
—Claramente es un guiño a las políticas que se promueven desde estas agencias. Políticas de reconversión de las fuerzas armadas para intervenir en problemas de seguridad interior. Lo que se conoce como doctrina de las nuevas amenazas, en donde se señalan el narcotráfico, el terrorismo, hasta incluso las migraciones, como problemas que afectarían la soberanía nacional, es decir se las asimila a una invasión extranjera, y que por lo tanto requieren una respuesta militar. Esto para nosotros no es así de ninguna manera. No se puede combatir un mercado ilegal, como es el de las drogas, con soldados. Esto no tiene ningún tipo de sentido.
—Aplicar este tipo de medidas, sugeridas por agencias internacionales, ¿hace borrosa la diferencia entre lo que es seguridad y defensa como advierten algunos especialistas?
—Sí, se erosiona esa diferencia, que en Argentina la hemos podido establecer durante la democracia. Es uno de los países donde está más firmemente establecida esta diferencia, y esto no pasa en otros países de la región, pero lo que pasa en otros países no es algo para imitar. En este tema, Argentina es de avanzada, y por lo tanto, hay que sostener esos principios. Por otro lado, todas las experiencias de los países de la región en los que las Fuerzas Armadas han intervenido en cuestiones de seguridad interior no han tenido resultados eficaces en términos de disminución del delito, y sí han tenido resultados catastróficos en términos de derechos humanos, de corrupción de las Fuerzas Armadas, de desprofesionalización, etcétera.
—Más allá de la posibilidad de derribar aviones que ingresen ilegalmente al país se habló también de que el país carece de la infraestructura necesaria. ¿Qué entienden ustedes?
—Desconozco, pero en todo caso hay que mirar y enfocar para otro lado. Si falta estructura para enfrentar a los mercados ilegales, lo que hay que hacer es potenciar las capacidades de investigación de las policías, profesionalizarlas, fortalecer los ministerios públicos fiscales, reformar a las propias fuerzas de seguridad que son un actor central en la cuestión del narcotráfico. El derribo de aviones es muy grave porque implica un avance de la militarización, y además corre el debate hacia un lugar donde no está la cuestión central. Los mercados ilegales se expanden y persisten porque están entramados con las policías, con el poder judicial, con los actores políticos, entonces, más bien se trata de ver cómo se van a resolver esos problemas, antes que pensar cómo vamos a tirar abajo aviones, que ni siquiera tenemos un diagnóstico que nos diga qué porcentaje de la droga ingresa por aire para saber si es un problema tan significativo.

Detalles de la Emergencia 
El decreto especifica delitos como producción, tráfico y comercialización de estupefacientes (Ley Nº 23.737), de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes (Ley Nº 22.415), los relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada (artículo 210 bis del Código Penal) o con una asociación ilícita terrorista (artículo 41 del mismo Código). 
Incluye además los relativos a las asociaciones ilícitas (artículo 210), organizadas para cometer delitos con fines políticos o raciales, los de fraude contra la Administración Pública (artículo 174, inciso 5° del Código Penal). 
 Delitos de prostitución de menores y pornografía infantil (artículos 125, 125 bis y 128), de financiación del terrorismo (artículo 306) y de extorsión (artículo 168, todos del Código Penal), los previstos en la Ley Nº 24.769 (Régimen Penal Tributario) y de trata de personas (Ley Nº 26.364).  
También concede la adquisición del material de infraestructura para incrementar la vigilancia de la frontera fluvial, los puertos y los espacios marítimos de jurisdicción nacional. 
Crea además el Gabinete de Seguridad Humana que tendrá a su cargo coordinar las tareas de las diferentes carteras en lo atinente a la Emergencia. 
Autoriza al Ministerio de Seguridad a convocar personal retirado de la Policía Federal, Prefectura, Gendarmería y Policía Aeroportuaria. • Se crea el “Operativo Fronteras”, que reemplaza al “Escudo Norte” con carácter permanente, y se adopta en forma inmediata las medidas para dotar de dispositivos materiales, técnicos y tecnológicos a la Zona de Frontera, que incluye una radarización para el “eficiente control” fronterizo. 
Establece la aprobación de Reglas de Protección Aeroespacial, cuya autoridad de aplicación serán las FF.AA., orientadas a identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo argentino. 
Serán declaradas “hostiles” aquellas naves, cuando tengan entidad suficiente para “perturbar, poner en riesgo o causar un daño” en el territorio nacional.
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