Marta Angélica Bretin, Luis Alberto Gómez y Stella Mary Carniello fueron encontrados responsables del delito de trata de personas mayores de 18 años con fines de explotación sexual, mediando abuso de la situación de vulnerabilidad de la víctima y agravado por el número de intervinientes. También fueron hallados culpables de sostenimiento, regenteo y administración de casa de tolerancia. Bretin fue considerada autora y los otros dos partícipes secundarios, según el fallo del Tribunal Oral federal de Paraná emitido este miércoles.
En el marco de un acuerdo de partes en juicio abreviado, en el que los imputados reconocieron los cargos, Bretin fue condenada a cinco años de prisión y multa de 12.500 pesos, más las costas del juicio; Gómez a cuatro años de prisión y multa 6.250 pesos más las costas, y Carniello a 3 años de prisión, la concesión de la libertad condicional y multa de 6.250 pesos.
Se acordó además, que Bretin y Gómez continúen bajo el régimen de la prisión domiciliaria y a Carniello que se la exima del pago de la multa en razón del tiempo de prisión preventiva que cumplió.
Según se lee en la sentencia, en el local nocturno “Globo Rojo”, situado en la intersección de las calles Bruno y 36 del Oeste de Concepción del Uruguay, funcionaba un burdel donde dos mujeres mayores de edad oriundas de Misiones ofrecían servicios sexuales a cambio de dinero. La propietaria del lugar era Stella Mary Carniello y los regentes, Marta Angélica Bretín y su concubino Luis Alberto Gómez.
En diciembre de 2013 personal policial allanó el local nocturno junto a profesionales del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de las Personas damnificadas del delito de Trata, inspectores de la AFIP, del Ministerio del Trabajo de la Nación y de la Dirección Provincial del Trabajo. Constataron en ese momento la presencia de un cliente en el salón, una víctima acompañada de un hombre, ambos en ropa interior, en una habitación; y en otra encontraron a la imputada Bretín durmiendo con su hija menor de edad. Se constató que en dicho lugar había un gran salón con una barra de tragos, una fonola, dos mesas de pool, varias sillas, y un caño para shows de baile. Contaba el lugar con dos baños, una cocina comedor y tres habitaciones, de las cuales una de ellas era utilizada para los “pases” (servicios sexuales).
Se secuestró preservativos, un consolador, un paquete de algodón, una caja de gasa, un frasco de vaselina líquida, documentación sanitaria de una víctima, dinero y celulares.
Los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros sentenciaron que los tres condenados aprovecharon la condición de vulnerabilidad en la que se encontraba una mujer, convirtiéndola en víctima del denominado delito de “trata sexual”, mediante la captación de su voluntad -a través de engaños- para lograr que mantuviera relaciones sexuales en el local que regenteaban (“Globo Rojo”), con todas aquellas personas que se presentaran como “clientes”, y así obtener por ello un beneficio económico.
Fallo completo
Dos mujeres y un hombre fueron condenados por trata de personas
Los condenados manejaban un prostíbulo en Concepción del Uruguay donde fueron rescatadas víctimas de trata sexual. En juicio abreviado, aceptaron los cargos que se les imputaron.
3 de diciembre 2015 · 17:59hs