La tragedia que conmocionó a Concepción del Uruguay hace casi tres años tiene finalmente una condena firme: el hombre que debía cuidar de los perros que mataron a un niño volvió a ser sentenciado a un año y tres meses de prisión condicional. La pena fue confirmada por la Cámara de Casación de Paraná, luego de varias idas y vuelta de la causa judicial. De esta manera, la Justicia reafirma el mensaje de que una persona dueña de un perro es responsable de las consecuencias que el animal pueda producir.
Martín Barral no era el dueño de ninguno de los dos perros que la mañana del 27 de julio de 2012 atacaron y provocaron la muerte de Lucas Romero, un niño de 1 año y medio. Sin embargo, como había quedado al cuidado de los mestizos, se apuntó a él para determinar una responsabilidad en la tragedia.
En el juicio desarrollado en Concepción del Uruguay en 2014, condenaron al hombre a un año y tres meses de prisión condicional por el delito de Homicidio culposo. La sentencia fue recurrida en Casación, que la confirmó y luego en un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia este máximo órgano judicial de la provincia anuló la condena y le devolvió el expediente a Casación para que “emita una nueva sentencia ajustada a Derecho”.
Ahora, tras el nuevo debate en esta instancia, los nuevos jueces que integraron el Tribunal (José María Chemez, Miguel Ángel Giorgio y Marcela Badano), volvieron a confirmar la misma condena.
En los argumentos afirmaron que “el pronunciamiento ha sido impecable en la ponderación racional e integral de todos los elementos de prueba”. A su vez, descartaron que “no cabe duda de que la teoría de la defensa es cuanto menos temeraria e inverosímil al tratar de instalar como verdadera la falacia de que la familia de la pequeña víctima pretendió ocultar el hecho de que sus propios perros habían matado al niño y por ello colocaron el cuerpo sin vida frente a la vivienda de Barral”. En este sentido, expresaron los jueces que esta versión “hace agua por todos los flancos”
Por esto, los vocales de Casación insistieron en los fundamentos de la condena del Tribunal de Juicio, acerca de que Barral “creó o mantuvo un riesgo jurídicamente relevante de lesión al bien jurídico que se concretó en el resultado por falta de la debida diligencia en el cuidado de la fuente de peligro”.
Confirman pena al cuidador de perros asesinos de un niño
Casación sostuvo que es correcta la condena de un año y tres meses de prisión condicional
26 de junio 2015 · 08:56hs